No tiene favoritos
Noticias
-
A LA VENTA VIVIENDAS Y OTROS INMUEBLES CON REBAJAS DE HASTA EL 64%
21st julio 2023 -
INTERCAMBIAR CASA EN VERANO PARA AHORRAR EN LAS VACACIONES: DÓNDE PUEDES HACERLO Y CONSEJOS
20th julio 2023 -
¿CUÁL ES LA SEMANA MÁS BARATA PARA VIAJAR ESTE VERANO?
19th julio 2023 -
ELECCIONES 23J: RADIOGRAFÍA Y PROPUESTAS DE LA VIVIENDA
16th julio 2023 -
LA COMPRAVENTA DE VIVIENDAS MODERA SU CAÍDA: BAJA UN 6,4% EN MAYO, SU CUARTO MES CONSECUTIVO DE RETROCESOS
14th julio 2023 -
EL PRECIO DEL ALQUILER EN EUROPA SE MODERA EN EL SEGUNDO TRIMESTRE
10th julio 2023 -
CASAS PEQUEÑAS: 12 IDEAS PARA DECORAR LA TUYA Y LOS 5 MEJORES CONSEJOS DE INTERIORISTAS
9th julio 2023 -
¿QUÉ HACER SI OKUPAN TU VIVIENDA MIENTRAS ESTÁS DE VACACIONES?
8th julio 2023 -
HACIENDA LANZA UN AVISO PARA TODOS LOS PROPIETARIOS DE VIVIENDAS
7th julio 2023 -
MEJORES HIPOTECAS | JULIO 2023
6th julio 2023
LAS VIVIENDAS HEREDADAS SE VENDERÁN SIN LIMITACIONES Y A PRECIO DE MERCADO
7 septiembre 2021INMOBILIARIA, GRUPO NEXUS, INFORMA
Este viernes 3 de septiembre desaparece uno de los artículos legales considerados más injustos en el mercado inmobiliario; el artículo 28 de la Ley Hipotecaria. Durante muchos años ha dificultado a los herederos no directos vender una casa hasta pasados dos años de la muerte del propietario por si aparecía un hijo ilegítimo. A efectos prácticos, la venta se registraba en el Registro de la Propiedad, pero quedaba una anotación preventiva de que estaba sujeta a la cláusula del artículo 28. Pasados los dos años ya se sabía que la propiedad era libre. Ahora cualquier operación de compraventa sujeta a esta limitación estará libre, es decir, tiene carácter retroactivo.
Con el estallido de la pandemia muchos compradores han mostrado interés en comprar una vivienda heredada afectada por este artículo 28 de la Ley Hipotecaria. Y muchas de estas operaciones no han salido adelante por el riesgo que conllevan para el comprador, ya que, si en los dos años posteriores a la compra le reclamase la propiedad el heredero forzoso, el comprador no podría negarse a devolverla. Pero a cambio, el comprador debería seguir pagando la hipoteca concedida por el banco. A partir del 3 de septiembre este artículo desaparece, tal y como se ha publicado en el BOE a través de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Ahora el heredero de una vivienda es directamente titular, independientemente del grado de parentesco que guarde con el fallecido.
info@nexusgrupo.com
0034 965727960